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PROTOCOLO PARA LA NO REVICTIMIZACIÓN INFANTIL

Nuestro trabajo es impedir en el proceso de justicia la realización de procedimientos que conduzcan a la revictimización de la niña, niño o adolescente, que les cause estrés psicológico como consecuencia de las declaraciones reiteradas, rememorar los hechos en un ambiente muy formal y distante, que no permita la comprensión y tranquilidad del niño, niña o adolescente, interrogatorios repetidos, demoras prolongadas o innecesarias, la declaración frente a la persona acusada y otros requerimientos legales que pueden ser intimidantes, y causar repercusiones a largo plazo en su desenvolvimiento. De lo anterior, el objetivo que se busca es que el juicio sea adecuado de conformidad con el desarrollo y sensibilidad del niño, niña o adolescente, para que todos los momentos del proceso judicial se conviertan en una experiencia positiva, y lo menos perjudicial posible.

Documentos internacionales sobre derechos de la infancia han puesto énfasis cuando se refieren a los derechos relacionados con el acceso a la justicia sobre la necesidad de evitar sufrimientos desde el inicio hasta la conclusión del proceso de justicia como condición para garantizar el interés superior y la dignidad de niños, niñas y adolescentes. En ese sentido aluden a una serie de medidas durante la narración de los hechos, mientras se espera el juicio o cuando se presta testimonio en el tribunal con el objeto de evitar una revictimización o la victimización secundaria.

Atendiendo al interés superior del niño, niña y adolescente, los jueces así como las autoridades públicas o privadas que atienden a la niñez deben asegurarse que sus decisiones y acciones no tengan efectos negativos o contraproducentes a ese interés, de tal manera que la intención no constituya fuente de nuevas vulneraciones a sus derechos. 

Para prevenir la revictimización, haremos un trabajo de acompañamiento e intervención que provea las herramientas suficientes para que la persona puede articular la situación traumática, recupere la capacidad para ejercer sus derechos, se vea reconocida y reivindicada, así como con la posibilidad darle un sentido dentro de su proyecto de vida mediante el conocimiento de la verdad de los hechos y acceso efectivo a la justicia.

Como parte de nuestro compromiso con el Estado, nos basamos en el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes , para realizar en Quintana Roo la protección contra la “No Revictimización en niños y adolescentes”.

La intervención trabajaría de dos formas: 


a. Proveer a la persona las herramientas psíquicas para poder articular la situación traumática. 


b. Servir como una figura de apoyo, con el propósito de reducir angustia mediante la comprensión y sensibilidad hacia la persona.


La revictimización se prevendrá con un trabajo de acompañamiento e intervención que provea las herramientas suficientes para que la persona puede articular la situación traumática, recupere la capacidad para ejercer sus derechos, se vea reconocida y reivindicada, así como con la posibilidad darle un sentido dentro de su proyecto de vida mediante el conocimiento de la verdad de los hechos y acceso efectivo a la justicia. Este trabajo requeriría la conformación de instituciones de atención a víctimas con un sentido reparador y no compensador; que el personal que provea la atención posean una preparación especializada que implique una sensibilización al trato con personas en situaciones de victimización, el conocimiento personalizado del contexto socio-cultural de la situación traumática y la persona con la que se trata. También una construcción en base a la propia subjetividad del individuo, sin recurrir a factores “generalizados” que provoquen situaciones que mantengan o agraven los síntomas de la revictimización.
 

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